Creación de empresas Gestión laboral,fiscal y contable Tramitación de subvenciones Prevención de Riesgos Laborales

Se entenderá por prevención, el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa, a fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo".

Esto implica detectar, mediante visita realizada por los técnicos acreditados en los lugares de trabajo, todos los riesgos y peligros para la salud de los trabajadores expuestos, indicándolos en un informe de evaluación y recomendando las medidas para evitarlos, disminuirlos o controlarlos.

El empresario tiene el correlativo deber de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Sólo en empresas de menos de 6 trabajadores, y siempre que la actividad no sea peligrosa, el empresario puede asumir personalmente la prevención. Para ello debe reunir los siguientes requisitos:

  • Realizar un curso que lo capacite
  • Estar habitualmente en el centro de trabajo
     

En los demás casos, se crea un Servicio de Prevención propio o concierta con un Servicio de Prevención ajeno.

Servicios mínimos necesitados:

  • Evaluación inicial de riesgos.
  • Planificación de la prevención
  • Puesta en marcha de la Prevención
  • Información y formación a los trabajadores
  • Vigilancia de la salud de los trabajadores
  •  

    http://www.asesoriamv.com 2005-2006 C/ENMEDIO, 60 3 B 12001-CASTELLON Telef.: 964 230735     Fax: 964 722510 ASESORÍA MIGUEL VIDAL S.L. · Desarrollado por DAO